El Estándar Internacional no contempla una disposición particular sobre el reconocimiento de los anticipos de impuestos. Frente a esto se deberá analizar la naturaleza de este tipo de partidas y reconocerla teniendo presente los elementos que el estándar contemple para ello.
Es un impuesto indirecto que grava las ventas de bienes o la prestación de servicios en el territorio nacional; también grava las importaciones de bienes muebles en el territorio nacional.