¿Cuál es el régimen sancionatorio que recae en la omisión de activos, defraudación fiscal o evasión tributaria?
Contribuyentes que al 1 de enero de 2020 tuviesen activos omitidos o pasivos inexistentes podrán, hasta el 25 de septiembre, subsanar esta situación a través del impuesto de normalización tributaria.
Quienes se acojan al impuesto de normalización tributaria, ¿pueden hacer correcciones voluntarias a la declaración de normalización?
¿Cuáles son los efectos de la normalización de activos en la declaración del impuesto al patrimonio y en la declaración anual de activos en el exterior?
¿La venta de un activo fijo normalizado genera renta ordinaria o ganancia ocasional?
¿Qué efectos tiene la normalización de activos en la determinación de renta por comparación patrimonial?
El impuesto de normalización tributaria, complementario del impuesto a la riqueza se creó mediante la Ley 1739 del 2014, para que los contribuyentes que tengan activos omitidos y que hayan informado en sus declaraciones pasivos inexistentes, los normalicen pagando por ellos un impuesto que se calculará aplicando una tarifa establecida, dependiendo del año en el […]
El artículo 39 de la Ley 1739 del 2014 señala que los activos del contribuyente que se hayan omitido durante períodos anteriores y que se sometan al impuesto complementario de normalización tributaria deben incluirse, para efectos patrimoniales, en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios, y del Impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– del año gravable en que se declare el impuesto complementario de normalización tributaria, y dejarán de considerarse activos omitidos.
Con la reciente reforma tributaria, aprobada mediante la Ley 1739 del 2014, se adicionó el artículo 298-7 al Estatuto Tributario, y con él se estableció que las personas tanto jurídicas como naturales que no estén obligadas a presentar la Declaración del Impuesto a la Riqueza podrán, libre y espontáneamente, liquidar y pagar dicho impuesto.
Los activos omitidos son aquellos bienes muebles o inmuebles, dinero efectivo, cuentas bancarias, CDT, inversiones, etc., que los declarantes de renta ocultan. Dejan de mostrar en dicha declaración para que así de esta manera no se les eleve el patrimonio bruto y convertirse en contribuyente o sencillamente pagar a su vez un menor impuesto de renta.