Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Solicitud de devolución o compensación de saldos a favor: Causas para su rechazo


Los contribuyentes cuentan con la posibilidad de solicitar en devolución o compensación los saldos a favor que se generen en las declaraciones de IVA o del impuesto de renta a la DIAN; sin embargo las solicitudes de devolución o compensación pueden ser rechazadas si dentro del proceso de verificación de los requisitos necesarios para su procedencia, se presenta alguno de los siguientes casos:

1. Cuando la declaración objeto de la devolución o compensación se tenga como no presentada.
2. Cuando la solicitud se presente sin el lleno de los requisitos formales para que la devolución o compensación sea procedente.
3. Cuando la declaración objeto de la devolución o compensación presente error aritmético.
4. Cuando se impute en la declaración objeto de solicitud de devolución o compensación, un saldo a favor del período anterior diferente al declarado.

No obstante, cabe señalar que cuando se rechace la solicitud, el contribuyente tendrá la posibilidad de presentar una nueva solicitud subsanando la inconsistencia detectada por la DIAN, dentro del mes siguiente a la fecha en la cual se le informó el rechazo de la solicitud.

Rechazo definitivo de la solicitud

La entidad puede rechazar la solicitud de devolución o compensación de manera definitiva, si se presenta alguna de las siguientes situaciones:

  • Cuando la solicitud se presente extemporáneamente.
  • Cuando el saldo materia de la solicitud ya haya sido objeto de devolución, compensación o imputación anterior.
  • Cuando dentro del período de la investigación previa de la solicitud de devolución o compensación, como resultado de la corrección de la declaración efectuada por el contribuyente o responsable, se genera un saldo a pagar.
  • Si se trata de un proveedor de sociedades de comercialización internacional, cuando se compruebe que este a la fecha de presentación de la solicitud no ha cumplido con la obligación de efectuar la retención, consignar lo retenido y presentar las declaraciones de retención en la fuente con pago, de los períodos cuyo plazo para la presentación y pago se encuentren vencidos a la fecha de presentación de la solicitud.

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