Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-284958
Diciembre 15 de 2017
La Supersociedades precisa que si una SAS decide crear la junta directiva, debe hacerlo con un número determinado de miembros: un miembro único o un número plural de miembros, pues dejar la cantidad de integrantes sujeta a futuros cambios, según las variaciones de opinión de la asamblea de accionistas, equivale a la indeterminación del número de directivos, frente a los socios, frente a la sociedad y frente a terceros.