Mediante el Decreto 1650 de octubre 09 de 2017 se reglamentaron los artículos 236 y 237 de la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016, los cuales establecen que las empresas instaladas en las zonas más afectadas por el conflicto armado pueden acogerse al beneficio de tributar a una tarifa progresiva en renta por los años gravables 2017 a 2027.
Para acogerse a dicho beneficio las empresas deben cumplir ciertos requisitos en materia del desarrollo de la actividad económica, montos de inversión y de generación de empleo (los cuales se pueden analizar en detalle en nuestro editorial titulado Beneficios tributarios para empresas instaladas en Zomac fueron reglamentados mediante el Decreto 1650). Al momento de verificar el cumplimiento de estos, es necesario tener en cuenta las siguientes definiciones: