Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 17401465
Enero 17 de 2018
La Superintendencia de Industria y Comercio señala que el titular de una marca no puede impedir que terceros (cuando su actuación no sea malintencionada) hagan uso de los registros que se encuentran a su nombre, siempre que los mismos cumplan lo estipulado por el artículo 157 de la Decisión 486 de 2000.