Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 044
Enero 19 de 2017
En los nuevos marcos técnicos normativos no se hace distinción entre impuesto no recuperable o impuesto indirecto no recuperable, sin embargo, en criterio del CTCP, los impuesto no recuperables de forma directa o indirecta, son aquellos que no pueden ser descontados en la fecha de reconocimiento inicial de la transacción, como por ejemplo, el impuesto sobre las ventas en la adquisición de inventarios.