Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 000338 de 11-08-2017


Ministerio del Trabajo
Concepto 000338
Agosto 11 de 2017

La EPS a la cual se encuentre afiliado el trabajador es la encargada de realizar el pago del auxilio económico por los primeros 180 días de incapacidad; posteriormente, dicha prestación estará a cargo de la AFP, siempre y cuando exista concepto favorable de rehabilitación o mientras se determina la pérdida de capacidad laboral.

Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (434 Kb)

Hay mucho más para ver en Actualícese al iniciar sesión... Iniciar sesión Registro gratuito