Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 023249 de 28-08-2017


DIAN
Concepto 023249
Agosto 28 de 2017

Para que los clubes promotores y deportivos pertenezcan al régimen tributario especial del impuesto de renta y complementario de las Esal, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 19 del ET, dentro de los que se encuentra el estar legalmente constituidos como una asociación, fundación o corporación sin ánimo de lucro y su actividad corresponda a alguna de las actividades meritorias consagradas en el artículo 359 del ET.

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