Supersociedades. Aclaró que con el usufructo la propiedad que se detenta sobre el bien afectado se desmembra, por lo tanto el usufructuario adquiere el derecho de gozar la cosa, mientras el nudo propietario sigue con el derecho de disposición.
Supersociedades. Aclaró que con el usufructo la propiedad que se detenta sobre el bien afectado se desmembra, por lo tanto el usufructuario adquiere el derecho de gozar la cosa, mientras el nudo propietario sigue con el derecho de disposición.