Aprovechando las ventajas del software Storm User de la Supersociedades, es posible generar una plantilla como la contenida en este archivo para elaborar el borrador del informe “01-Formulario empresarial” con las cifras de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2014 el cual fue exigido con la Circular 201-000011 de diciembre 1 de 2014 y se deberá entregar entre el 6 de abril y el 4 de mayo de 2015.
Nos dimos cuenta que la versión del software STORM USER que se piensa usar para hacer los reportes 2013 a Supersociedades es la misma 2.2. que se usó para los reportes del 2012. Por lo tanto, la entidad sigue sin actualizar la parte donde se piden reportar los códigos CIIU, ya que pide utilizar los mismos que se usaron hasta el 2011 y todo a pesar que esos códigos fueron cambiados por el DANE desde 2012. Además, en la presentación del “Estado de Resultados 2013”, al final solo pide reportar el dato de la cuenta “54-Impuesto de renta y complementarios”, pero no está pidiendo presentar a esa misma altura el valor del nuevo “Impuesto a la Renta para la Equidad CREE”. ¿Se le olvidaron esos dos puntos tan importantes a la entidad?
Esto se confirma al estudiar la más reciente versión del software STORM USER y al intentar diligenciar la información del reporte 01, en la sección de carátula y la sub-sección información general. Llamamos a la Supersociedades y nos confirmaron que en esa parte del informe se pedirá que el código de la actividad económica de la sociedad, que elabore el reporte (código CIIU) sea otra vez el mismo que se usó en el reporte del 2011. Por lo tanto no se usarán los nuevos códigos de actividades económicas que el DANE estableció en su Resolución 66 de enero de 2012, y que la DIAN adoptó en su Resolución 0139 de nov. 21 de 2012.
Esta y otras preguntas se pueden resolver a través de la Cartilla instructiva que la Supersociedades ya tiene para descarga en su portal de internet con las instrucciones para diligenciar por el año 2010 el Formulario 01 con el Software Storm User.
En razón a que los Estados Financieros del 2010 terminarán siendo entregados en muchos casos sin haber sido aprobados por las Asambleas o Juntas Directivas de las sociedades, es por eso que la circular 100-000004 de Noviembre de 2010 dispone lo que habría que hacer para corregir un reporte ya entregado si sucede que el máximo Organo social termina haciéndole modificaciones a los Estados Financieros.