Dirección General de Apoyo Fiscal. En el cual se establecen las tarifas para el Impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas que serán aplicables a partir del primer semestre de 2017.
Ministerio de Hacienda. Corresponde a la administración departamental verificar el cabal cumplimiento de las obligaciones tanto formales como sustanciales en relación con la liquidación, declaración y pago del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas por parte de los responsables.
Se certifican los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados que rigen para el segundo semestre del año 2009.