Coljuegos fija el trámite y los requisitos que deben cumplir las personas jurídicas que deseen obtener la autorización y concesión para la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados.
La solicitud de autorización debe realizarse a través de la plataforma web habilitada por Coljuegos, denominada el portal del operador. Cabe resaltar que, todos los interesados en obtener la autorización para operar juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados mediante contrato de concesión deben cumplir con los requisitos jurídicos y financieros que se encuentran plasmados en la presente resolución (por ejemplo; el registro mercantil, los estados financieros a 31 de diciembre, entre otros).
Mediante la presente resolución de la Superintendencia de Notariado y Registro se modificará lo establecido en el parágrafo 6 del artículo 1, ya que se omite mencionar algunos actos que son sujetos a la tarifa de que trata. El parágrafo 6 quedaría así: “Para el cálculo total de los derechos de registro a pagar por parte del usuario, luego de aplicados los valores que correspondan según el caso, se cobrará además una tarifa de dos por ciento 2 % del valor total de los actos de la liquidación del documento, por concepto de sistematización y conservación documental”.
Estos valores, que serán aplicados en las oficinas de registro de instrumentos públicos, regirán a partir del 2 de mayo.
La amortización de un pasivo financiero está descrita en la sección 11 Instrumentos Financieros Básicos de la NIIF para Pymes (compilada en el anexo 2 del Decreto único reglamentario 2420 de 2015 y sus modificatorios), la cual anuncia que solo se dará de baja en cuentas un pasivo financiero cuando este haya extinguido.