Beneficios serán aplicados a las empresas afectadas por la pandemia, siempre que se encuentren inmersos en el marco de procesos de insolvencia de naturaleza concursal.
La norma reglamenta los artículos 53 al 60 de la Ley 2010 de 2019, los cuales permiten realizar, a más tardar en septiembre 25 de 2020, una nueva normalización de patrimonios ocultos y el saneamiento fiscal de algunos activos declarados a diciembre de 2019 por valores inferiores a los del mercado.
El tratamiento contable, fiscal y financieros que debe darse a la base gravable del nuevo y transitorio impuesto de normalización tributaria genera efectos patrimoniales dado el reconocimiento de los activos omitidos o pasivos inexistentes dentro del concepto de utilidades retenidas.
El tratamiento contable, fiscal y financiero que debe darse a la base gravable del nuevo y transitorio impuesto de normalización tributaria pudiera ser sustancialmente diferente, según las causas que dieron origen a los activos omitidos, pasivos inexistentes o bienes por valor inferior al de mercado.
Cada vez que se presenta una reforma tributaria el Gobierno sabe lo que expone, mas no lo que saldrá una vez el Congreso dé su visto bueno, por la cantidad de componendas y el proceso de cabildeo del cual se ve permeado. Este es el primer paso para que la estructura tributaria del país se fragmente.
El artículo 48 de la Ley 1943 de 2018 y el Decreto 874 de 2019 permiten hacer un saneamiento fiscal para los activos fijos poseídos por más de dos años, que se hayan declarado por un valor inferior al del mercado. Sobre el mayor costo fiscal reconocido se tendría que pagar un 13 %.
El Ministerio de Hacienda señala que para efectos de liquidar los intereses de mora por concepto de impuesto predial o de industria y comercio los municipios deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 635 del Estatuto Tributario, sin que les sea permitido establecer tasas de interés distintas.
Ministerio de Protección Social. Por la cual se desarrolla el inciso 2 del artículo 219 de la Ley 1753 de 2015, por tanto las ESE podrán presentar programas de saneamiento fiscal y financiero ante el Ministerio de Hacienda.
Los contribuyentes del régimen ordinario podrán en sus declaraciones de renta, 2012 o 2013, hacer un saneamiento patrimonial e incluir en ganancias ocasionales el valor de los activos omitidos o los pasivos inexistentes.