El no pago del salario por concepto de horas extras trae graves consecuencias para el empleador, quien además de tener que retribuir los pagos evadidos al trabajador, debe atender a sanciones con el Estado, el trabajador y la mora en el pago.
Los trabajadores que desarrollan actividades principales dentro de la organización, bajo ninguna modalidad pueden estar contratados bajo la figura de una empresa temporal, el Ministerio del Trabajo impone sanción por conductas de subcontratación ilegal.
Para los casos de embargos simultáneos, se debe identificar la naturaleza de las obligaciones, a fin de determinar el criterio de prelación aplicable, además de tener en cuenta que el empleador que no cumpla cabalmente con el embargo estará expuesto a sanciones.
Los empleadores que incumplan con las normas de seguridad y salud, y riesgos laborales deberán sujetarse a las sanciones que han sido reglamentadas por el Ministerio del Trabajo, las cuales propenden por garantizar la seguridad y bienestar de los empleados en sus lugares de trabajo.