Mediante el Decreto 358 y la Resolución 000042 de 2020, el Ministerio de Hacienda y la Dian impartieron instrucciones respecto a los sistemas de facturación vigentes, obligados a facturar, requisitos de la factura electrónica, etc.
A continuación, presentamos las novedades más importantes al respecto.
A continuación, se despejan dudas relacionadas con la elaboración del documento soporte, el cual debe ser generado cuando se realizan compras de bienes o servicios a contribuyentes que no están obligados a facturar.
¿Para solicitar un reintegro de costos y gastos se debe elaborar una nueva “factura de venta”?
¿Los prestadores de servicios desde el exterior, como Netflix, o Spotify, están obligados a expedir factura electrónica ante la DIAN?
En los últimos años, el Gobierno ha anunciado su intención de regular la circulación de las facturas que se entregan como título valor o que, a su vez, son el resultado de una negociación en términos de plazos de pagos pactados a una tasa de interés; este ejercicio es conocido como factoring.
¿Las personas que solo venden bienes excluidos del IVA, como algunos agricultores, están obligadas a facturar? ¿Y las que solo cobran arrendamientos excluidos de este impuesto, como los de vivienda, deben facturar?
¿Las ventas del día sin IVA se pueden facturar a una determinada persona natural sin importar que dicha venta será pagada con una tarjeta de crédito que le pertenece a otra persona natural diferente?
¿Cuáles son los contribuyentes que pueden utilizar la facturación POS y qué requisitos deben ser contemplados en dicho sistema para soportar costos y gastos?
¿Cuáles son los contribuyentes que deben informar su condición de agentes de retención del IVA al momento de expedir la factura electrónica o el tiquete POS?
Para facturar electrónicamente, ya sea a nombre propio, mediante software gratuito o con proveedor tecnológico, es necesario contar con la autorización de rangos de numeración.
Este proceso debe surtirse en la plataforma Muisca de la Dian, considerando ciertos aspectos que mencionamos a continuación.
¿Qué sucede si un contribuyente ya tiene impresa y autorizada su facturación en papel para los días de contingencia, pero en diciembre de 2020 lo convierten en “Gran Contribuyente”? ¿O si le retiran la condición de Gran contribuyente?
En diciembre de 2020 la Dian actualizará el listado de grandes contribuyentes.
La Resolución 000042 de 2020 les exige indicar que son grandes contribuyentes en sus facturas de venta en papel.
Ante esto surge una duda: ¿qué sucederá con quienes entren o salgan de este listado?