La Dian no tiene competencia para certificar la calidad de “utilidad común” de un proyecto de inversión, pero reitera que para acceder al beneficio de la exención para las donaciones de gobiernos o entidades extranjeras es necesario cumplir los requisitos señalados en el artículo 1.3.1.9.5 del Decreto único reglamentario 1625 de 2016.