Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: rentas de trabajo formulario 350

Oficio 013697 de 01-06-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 1 junio, 2017

La DIAN explica que con las modificaciones introducidas por la Ley 1829 de 2016, los honorarios percibidos por una persona natural que presta servicios y contrata menos de 2 trabajadores o contratistas asociados a la actividad, se consideran rentas de trabajo y se encuentran sometidos a retención en la fuente; para la persona natural que presta servicios, contrata o vincula por 90 días continuos o discontinuos a 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad, los ingresos se considerarán rentas no laborales. Respecto a los honorarios considerados rentas de trabajo, cabe señalar que el parágrafo 2º del artículo 383 del ET señala los elementos que se pueden detraer en los pagos mensualizados; igualmente, cabe señalar que el artículo 388 del ET establece el procedimiento para depurar la base del cálculo de la retención en la fuente.

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