Según el Concepto 68 de 2017 quienes presten servicios públicos domiciliarios podrán cobrar un cargo por concepto de reconexión y reinstalación para la recuperación de los costos en que incurran.
La Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley que elimina el cobro por reconexión y reinstalación de servicios públicos en viviendas de los estratos 1, 2 y 3. La iniciativa pasará a sanción presidencial.
El hecho de quedarse atrasado en el pago de servicios públicos conlleva al pago de intereses de mora, pero nunca otros conceptos si no se causaron efectivamente, como el corte, suspensión y por ende la reinstalación. Aquí presentamos las tarifas por cada concepto.
Aunque la acumulación de moras en el pago de Servicios Públicos acarrea su obvia suspensión, los cargos por reconexión no pueden ser cobrados a menos que haya sido efectiva y real dicha suspensión. En estos casos, no es procedente que la empresa prestadora de Servicios Públicos cargue dicho valor a nuestra factura.