Ministerio de Transporte. Recordó que la demarcación, uso y goce de las vías de la propiedad horizontal, debe estar previsto en el reglamento interno, el cual debe realizarse por escritura publica, previa aprobación de la asamblea general.
La propiedad horizontal es una entidad sin ánimo de lucro, adscrita al derecho de dominio de propiedad, se clasifica dentro de los derechos reales a los que hace mención el artículo 665 del Código Civil; una característica fundamental del derecho de propiedad común del que gozan las propiedades horizontales con respecto a las edificaciones que no son reguladas por propiedad horizontal es que en las primeras, el derecho de dominio sobre una unidad individual le confiere a su titular un derecho sobre los bienes comunes de la edificación.