El CTCP señala que una entidad colombiana puede aplicar un software de origen venezolano, siempre y cuando este cumpla los requerimientos de las normas aplicadas en Colombia, dado que podría haberse construido con fundamento en normas legales distintas.
El manejo de software contable requiere el uso de un catálogo de cuentas con códigos mayores o auxiliares, que permitan el registro de los hechos económicos. Sin embargo, la determinación específica de las cuentas que se utilicen y las subcuentas y cuentas auxiliares que se necesiten, es un asunto del resorte de cada organización.