La firma de los estados financieros en calidad de contador público o revisor fiscal no está condicionada a un vínculo laboral o contractual. La firma de los estados financieros manifiesta la fe pública de este profesional en cuanto a la razonabilidad y veracidad de los estados financieros, bien sea respecto a la preparación de los mismos en calidad de contador público, o respecto a la emisión de una opinión de la razonabilidad de las cifras contenidas en los mismos, en calidad de revisor fiscal.