El Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto con el cual pretende modificar el Decreto 1625 de 2016, en lo referente al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año gravable 2017 por personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar contabilidad. De acuerdo con el proyecto, no constituiría renta ni ganancia ocasional por el año gravable 2017 el 64,21% del valor de los rendimientos financieros percibidos en dicha vigencia. El mismo porcentaje se aplicaría como con constitutivo de renta ni ganancia ocasional al valor de los rendimientos recibidos de los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores. Por otra parte, de ser aprobado el proyecto, quedaría establecido como rendimiento mínimo por préstamos otorgados por la sociedad a sus socios o accionistas, o estos a la sociedad, por el año gravable 2018, el 5.21% anual.