Durante el proceso de auditoría el profesional contable tiene la posibilidad de emitir una opinión modificada.
Lo anterior se da cuando en el desarrollo de sus funciones surjan condiciones o situaciones que no le permiten presentar un informe con opinión favorable.
El Decreto 2170 de 2017 incluyó modificaciones importantes al marco normativo de las Normas de Aseguramiento de la Información, con relación a la estructura del informe final que debe elaborar el revisor fiscal como resultado de su encargo.
El auditor debe expresar una opinión modificada en el informe de auditoría cuando considere que los estados financieros en su conjunto no se encuentran libres de incorrección material, o cuando no pueda obtener evidencia de auditoría alguna.
La NIA 700 (revisada) establece los lineamientos que debe tener en cuenta el auditor para formar su opinión sobre los estados financieros de una entidad, y así mismo aborda el contenido del informe que este debe emitir como resultado de su proceso de auditoría.