Con respecto a los contratos de colaboración empresarial, la DIAN señala que el partícipe activo y el partícipe oculto deben declarar de manera independiente, para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, su participación en activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones. Asimismo, indica que el régimen de transparencia aplica únicamente para efectos del impuesto de renta.