Las declaraciones de retención en la fuente practicadas en el presente año con anterioridad a la vigencia del Decreto 731 de 2017 (que establece medidas tributarias dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica en el municipio de Mocoa), no dan lugar a ningún tipo de devolución, pues se practicaron en cumplimiento de las normas vigentes para la fecha en que fueron practicadas y no se configura ninguna causal de devolución. Dichas retenciones podrán ser utilizadas sin ningún obstáculo legal para la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementario de la vigencia fiscal 2017, la cual sigue con las tarifas normales, pues el decreto no otorgó ningún tratamiento preferencial en la tarifa del impuesto sobre la renta y complementarios para este período.