La Superintendencia de Sociedades advirtió en el Concepto 220-144582 que respecto a las sociedades por acciones simplificadas –SAS–, estas se deben regir por lo estipulado en la Ley 1258 del 2008. Sin embargo, dicho tipo societario cuenta con autonomía en lo concerniente a la redacción de sus estatutos y, por lo tanto, se regirá tanto por la Ley 1258 del 2008 como por lo contenido en estos, salvo que lo dicho en los estatutos se encuentre regulado por las normas que rigen las sociedades anónimas.
Todos los accionistas participantes en el capital de una sociedad tienen derecho a negociar sus acciones, así se trate de socios mayoritarios o minoritarios. En pocas palabras, este derecho les permite vender sus participaciones conforme a los estatutos o la ley en materia.
Ahora bien, respecto a las sociedades por acciones simplificada, la Ley 1258 del […]
Cabe recordar que la enajenación global de activos es una determinación de la sociedad como persona jurídica, contrario a la enajenación de acciones por parte de los accionistas, la cual nace de la voluntad privada de los accionistas de concretar su derecho a la enajenación de acciones.