A través del Decreto 1807 de octubre 7 de 2019, el Gobierno reglamentó las nuevas versiones de los artículos 424 y 477 del ET, modificados con la Ley 1955 de 2019, estableciendo un nuevo tratamiento para el IVA de bicicletas y motos introducidas al Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.
El Decreto 922 de mayo 28 de 2018 reglamentó la norma del numeral 13 del artículo 424 del ET, el cual había sido modificado con la Ley 1819 de 2016, ampliando el tipo de bienes que se pueden vender como excluidos de IVA a los habitantes de Amazonas, Guainía y Vaupés.