Tomando en cuenta el Decreto Ley 688 de mayo de 2020 y las resoluciones expedidas por Superfinanciera entre julio y agosto de 2020, la tasa de interés corriente para calcular intereses de mora que rigió durante agosto de 2020 fue de 18,29 % y la que regirá durante septiembre de 2020 será de 18,35 %.
Los impuestos que se pagan sobre intereses de deudas podrían bajar, mientras que los que se causan por intereses recibidos del ahorro podrían subir.
En esta herramienta se ilustran los cálculos que deben realizarse a partir de enero de 2017 para determinar los intereses moratorios sobre obligaciones tributarias, teniendo en cuenta la nueva versión del artículo 635 del ET y lo expresado por la DIAN en su Concepto 5033 de marzo 10 de 2017.