La administración bogotana puede realizar inspecciones tributarias y contables a contribuyentes y no contribuyentes que se encuentren por fuera de la capital colombiana, lo cual tiene por objetivo verificar si en su jurisdicción se causa o no el tributo.
El Art. 19 del Decreto 4910 de 2011 indica que si un contribuyente está obligado a expedir factura o documento equivalente y no lo hace en el mismo momento de la venta, pues se dedica a emitir prefactura o cuenta de cobro, le aplicarán sanciones y ordenarán una Inspección Tributaria.