El impuesto al consumo de licores y la participación se asemejan en cuanto a la forma de liquidación de la base gravable, tarifa y, especialmente, en el momento de su causación.
La nueva ley que regirá desde el primero de enero de 2017 contempla un cobro equitativo de $220 por grado alcoholímetro para los licores nacionales y extranjeros que se vendan en el país, a excepción de los vinos, más un 25% de impuesto sobre el valor final de cada licor y un 5% de IVA general sobre el precio al consumidor.
Durante Enero de 2010 fueron expedidas tres Leyes que modificaron varios aspectos relacionados con este impuesto. La mayoría de estas modificaciones no empezarán a aplicarse desde Marzo 1 de 2010 sino desde Febrero 1 de 2010. En este editorial encontrarás los cuadros comparativos de las normas modificadas.