A través del Memorando 000153 de 2018 la Dian manifestó que el impuesto al consumo es aplicable a cigarrillos electrónicos, pues del análisis de los artículos 207 y 209 de la Ley 223 de 1995 se infiere que dicho tributo aplica para todos los productos que se denominen cigarrillos y tabaco elaborado.