Fueron muchos los editoriales a lo largo de este año donde tratamos temas relacionados con viáticos, indemnizaciones, factores salariales, causales de despido y diversos aspectos relacionados con el día a día entre el empleador y el trabajador, donde su falta de conocimiento ocasiona graves inconvenientes al primero.
El hecho de que el empleador prohíba la utilización de los medios electrónicos de propiedad de la empresa como computadoras, tabletas y dispositivos móviles para acceder a cuentas y correos electrónicos personales del trabajador, no le da el derecho de poder ingresar a la cuenta de ellos sin su permiso, pues estarían violando los derecho a la intimidad del trabajador. Además, podría verse inmerso en un delito informático. Lo único a lo que está posibilitado el empleador es a revisar el historial de páginas abiertas desde el dispositivo.