Supersociedades. La adjudicación de bienes a los socios no procede no procede si el liquidador no ha pagado el pasivo externo.
Supersociedades. La adjudicación de bienes a los socios no procede no procede si el liquidador no ha pagado el pasivo externo.
Consejo de Estado. Explicó frente a la responsabilidad del liquidador que éste solo la asumirá cuando se trate de sus funciones; recordó, que las acciones para que asuma la responsabilidad prescriben en 5 años contados a partir de la aprobación de la cuenta final de liquidación.