Con el fin de potenciar el trabajo virtual y promover el uso efectivo de las TIC, el Ministerio de Trabajo dio a conocer la Circular 0060 de 2018 por medio de la cual establece que pueden celebrarse contratos de trabajo a través de la firma electrónica o digital, cabe resaltar que la dicha circular va dirigida a los trabajadores y empleadores del sector privado.
A su vez se señala que los contratos firmados de forma electrónica deben cumplir con los requisitos del contrato escrito tales como; identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración del mismo, donde se contrata al trabajador y para la prestación del servicio, naturaleza del trabajo, salario, forma, períodos de pago, duración del contrato y terminación.
Con el fin de potenciar el trabajo virtual y promover el uso efectivo de las TIC, el Ministerio de Trabajo dio a conocer la Circular 0060 de 2018 por medio de la cual establece que pueden celebrarse contratos de trabajo a través de la firma electrónica o digital, cabe resaltar que la dicha circular va dirigida a los trabajadores y empleadores del sector privado.
A su vez se señala que los contratos firmados de forma electrónica deben cumplir con los requisitos del contrato escrito tales como; identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración del mismo, donde se contrata al trabajador y para la prestación del servicio, naturaleza del trabajo, salario, forma, períodos de pago, duración del contrato y terminación.