Estudiando la estructura de los nuevos formularios 230 y 240 se observa que no se incluyeron espacios para firma de contador, a pesar que los mismos pueden terminar siendo utilizados por personas naturales obligadas a llevar contabilidad y con patrimonios brutos superiores a 100.000 UVT. ¿Por qué se omitieron estos espacios?
Aunque las Personas Naturales deben escoger entre usar el Formulario 110 para obligados a llevar contabilidad o el 210 para no obligados a llevar contabilidad, sólo quienes usen el 110, y si se dan ciertas condiciones adicionales, son los que tendrían que conseguir la Firma virtual o autógrafa de un Contador.