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En el transcurso de esta conferencia, el Dr. Rubén Darío Cortés explica que con la Resolución 000013 del 11 de febrero de 2021 se implementa […]
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En el transcurso de esta conferencia, , la Dra. Ismary Lara despeja dos dudas: ¿Por qué al documento equivalente no se le puede llamar documento […]
Quienes estén obligados a expedir factura o documento equivalente se reconocerán en el ámbito de implementación como facturadores electrónicos, y estos, serán todas las personas o entidades independientemente de su calidad de contribuyente o no de los impuestos nacionales, que tengan calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales, o presten servicios relativos a estas, vendan bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, comerciantes, importadores o prestadores de servicios o en las ventas a consumidores finales, tipógrafos y litógrafos que no sean responsables del IVA. Incluyendo a los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación.