La Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 no incluyó una tabla de tarifas para las sucesiones ilíquidas de causantes que eran residentes al momento de su muerte. Además, eliminó el beneficio de tarifa progresiva reducida con el que contaban los acogidos a la Ley 1429 de 2010.
La declaración de renta de las personas naturales es uno de los temas más modificados por la reforma tributaria estructural 2016, entre los aspectos que contienen equivocaciones importantes se encuentra el cálculo del impuesto cuando las rentas ordinarias sean menores que la renta presuntiva.
La Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016 introdujo importantes cambios en cuanto al impuesto de renta de las personas naturales. Este requerirá la separación de ingresos según sus fuentes, entre las que se encuentran los dividendos, respecto a los que identificamos al menos tres equivocaciones.
Las normas introducidas por la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 para establecer el nuevo sistema cedular con que se liquidará, a partir del año gravable 2017, el impuesto de renta de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes contienen varios vacíos y equivocaciones importantes, algunas de las cuales solo podrán ser corregidas mediante una nueva ley.