Con la modificación del artículo 18 del Estatuto Tributario, que incluyó la eliminación del parágrafo que hacía mención a las empresas unipersonales asimilándolas para efectos impositivos como sociedades de responsabilidad limitada ¿cuál es el régimen aplicable a estas entidades? ¿Se puede hacer analogía con las disposiciones del Código de Comercio?