Con la Ley de financiamiento 1943 de 2018 se dio vida jurídica al impuesto al patrimonio, cuya liquidación y pago se realizará para los años 2019, 2020 y 2021, por todos los contribuyentes expresamente mencionados en el artículo 292-2 del ET, modificado por la ley en mención.
Para el año gravable 2019, las personas naturales deberán tener en cuenta las modificaciones efectuadas por la Ley de financiamiento 1943 de 2018, en lo que respecta a la liquidación del impuesto de renta bajo el régimen ordinario. A continuación, algunos aspectos relevantes.