La reforma tributaria estructural y el Decreto 2150 de 2017, no estipularon una definición especial al concepto de evento colectivo, razón por la que la Dian brindó una definición en su Concepto unificado 0481 de 2018, pues es necesario tener claridad sobre este al realizar el registro web.
Así lo manifestó la Dian en su Concepto unificado 0481 de 2018. Para la Dian no identificar el donante es una posibilidad de carácter excepcional, por tanto, se debe determinar si la donación se hizo directamente o a través de un intermediario, pues estos últimos tampoco pueden aplicar dicho beneficio.