¿Una empresa obligada a facturar electrónicamente también puede expedir documentos equivalentes?
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció nuevas disposiciones que regularán los sistemas de facturación vigentes.
Dicha resolución, además, fijó tres nuevos calendarios para la implementación de la facturación electrónica.
A través de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020, la Dian estableció nuevas disposiciones que regularán los sistemas de facturación vigentes.
Dicha resolución, además, fijó tres nuevos calendarios para la implementación de la facturación electrónica.
El proceso de facturación electrónica ha estado permeado por diversas reglamentaciones sobre su implementación.
La inexequibilidad de la Ley 1943 de 2018 no detiene el proceso de implementación de la factura electrónica, ya que esta fue decretada en 2015 y la Ley 2010 de 2019 vuelve a contemplar su uso.
Ese fue uno de los grandes cambios introducidos con el Decreto 358 de marzo 5 de 2020, el cual modificó la instrucción que se venía aplicando desde el año 1996 con la expedición del Decreto 1165 de dicho año. Por tanto, colegios y universidades podrían quedar obligados a expedir facturas.
Aunque se obligue a un contribuyente a facturar electrónicamente, es perfectamente posible que este decida continuar expidiendo documentos equivalentes, pero solo si su modelo de negocio así lo requiere. Conozca las condiciones a continuación.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Es correcto que una empresa expida factura de venta y, a su vez, documentos equivalentes?
Resuelta noviembre 29 de 2018
Responde:
Dr. Diego Guevara Madrid (Líder de Investigación Tributaria de actualicese.co)
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