Este modelo de cuenta de cobro facilita, no solo que el adquirente de los servicios tenga un soporte de su costo o gasto, sino también que el vendedor pueda hacer un posterior cobro jurídico en caso de que no le paguen a tiempo el servicio que prestó o el bien que vendió.
Los distribuidores minoristas de combustibles no están obligados a expedir factura de venta, sin embargo, estos comúnmente expiden algún soporte; en caso de que no sea así, el comprador podrá elaborar un documento sustitutivo y el extracto de la tarjeta de crédito serviría como un soporte adicional.
A continuación damos a conocer algunos aspectos técnicos relacionados con la factura de venta como son la identificación del obligado a facturar, la expedición de la factura en más de una hoja, la numeración, entre otros. Además, identificamos ciertas situaciones que pueden dar lugar o no a sanción.
A continuación damos a conocer algunos aspectos técnicos de la nómina y del documento a expedir cuando se tienen máquinas vending para que se considere como documento equivalente; además, los requisitos para que una factura se entienda como expedida por computador y no por papel.
A continuación se dan a conocer una serie de situaciones que es necesarios tener en cuenta durante el proceso de facturación como los requisitos para reconocer el respectivo costo o gasto, así como también para tomarse como descontable el IVA pagado, además de la numeración y la expedición de proformas.
]A continuación se realizan algunas precisiones conceptuales relacionadas con los requisitos que debe contener una factura de venta según el artículo 617 del ET, así como las incidencias para el adquirente de un bien o un servicio cuando no la exija y el vendedor esté obligado a expedirla.
DIAN. Hace referencia a la equivalencia legal del boleto electrónico para el ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas y, los procesos y mecanismos de control de fiscalización tributaria de este.
Existen establecimientos que dicen pertenecer al régimen simplificado del impuesto al consumo, que se están olvidando de facturar todos sus ingresos, sin importar que no tengan que cobrar el impuesto al consumo. El incumplir con dicha obligación los expone a sanciones como el cierre de sus establecimientos.
Las personas o entidades que estén obligadas a facturar lo podrán hacer cumpliendo con todos los requisitos menos el de la autorización de la numeración.
La norma contenida en el Artículo 3 de la Resolución 3878 de 1996 dispone expresamente los casos en los cuales algunas personas o entidades que sí están obligadas a facturar lo podrán hacer con el lleno de todos los requisitos menos el de la autorización de la numeración.
Las Compañías de teléfonos celulares, o las de televisión por cable, ofrecen a sus suscriptores la posibilidad de recibir sus Facturas en la modalidad de Factura Electrónica. ¿Qué implicaciones tiene esto para el cliente que acepte esa modalidad de facturación? ¿Cuáles clientes que acepten esa modalidad de facturación deberán hacerle a la DIAN los reportes que tal entidad señala en su resolución 14465 de noviembre de 2007?.