El derecho de autor, entendido como el conjunto de normas que protegen los derechos subjetivos del creador de una obra, es el mecanismo mediante el cual se permite a este defender su creación ante los actos de terceros no autorizados. La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual –OMPI– define una obra como “toda creación intelectual, original, expresada en una forma reproducible”.
El derecho de autor se debe entender como aquel conjunto de normas encaminadas a brindar una protección a los derechos subjetivos del creador de una obra. Ahora bien, es importante señalar que en este contexto el concepto de obra se debe entender como “toda creación intelectual, original, expresada en una forma reproducible”, según lo indicado por la Organización Mundial de la Propiedad Industrial −OMPI−, y como “toda creación intelectual originaria, de naturaleza artística, científica o literaria susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma”, como lo indicó la Comunidad Andina en la Decisión Andina 531 de 1993.