Así lo manifestó la Dian en su Concepto unificado 0481 de 2018. Para la Dian no identificar el donante es una posibilidad de carácter excepcional, por tanto, se debe determinar si la donación se hizo directamente o a través de un intermediario, pues estos últimos tampoco pueden aplicar dicho beneficio.
El procedimiento para determinar dicho patrimonio fiscal se encuentra estipulado en el parágrafo transitorio segundo del artículo 1.2.1.5.1.23 del DUT de 2016. Las entidades que se convirtieron en contribuyentes de renta, tienen hasta abril 30 de 2018 para realizar la solicitud de permanencia.
Algunas entidades del régimen tributario especial deben determinar la renta por comparación patrimonial. De existir diferencia patrimonial, se tratará como una renta gravada al 20 %; sin embargo, la norma ha previsto ciertas causas justificativas bajo las cuales dicho incremento no estaría gravado.
Las propiedades horizontales que exploten comercial o industrialmente sus bienes o áreas comunes deberán entregarle a la Dian un reporte de información exógena cuando esta así lo exija. Si, existiendo tal obligación, no lo hacen se exponen a las sanciones previstas en el artículo 651 del ET.
Así lo establece el parágrafo 7 del artículo 364-5 del ET. El artículo 1.2.1.5.2.2 del DUT 1625 de 2016 estipula que el registro web debe realizarse conforme a unas aclaraciones especiales y también indica que estas no están obligadas a especificar el monto y destino de las asignaciones permanentes.
Dependiendo de los ingresos brutos anuales de las entidades del régimen especial, las remuneraciones a cargos directivos y gerenciales no pueden superar el 30 % del gasto anual; el artículo 1.2.1.5.4.13 del DUT 1625 de 2016 brinda claridad sobre qué debe entenderse por este tipo de cargos.
El procedimiento para determinar dicho patrimonio fiscal se encuentra estipulado en el parágrafo transitorio primero del 1.2.1.5.1.23 del DUT de 2016. Las entidades que a diciembre 31 de 2016 ya pertenecían al régimen especial, tienen hasta abril 30 de 2018 para realizar la solicitud de permanencia.
Estas causales se encuentran en el artículo 1.2.1.5.2.13 del DUT 1625 de 2016. Entre ellas, que la retribución a los cargos directivos supere el 30 % del gasto total anual y no presentar, de forma oportuna, la declaración de renta durante tres ocasiones durante un período de diez años gravables.
La ley 1819 del 2016 hizo un profundo cambio en las entidades del RTE y el pasado 20 de diciembre de 2017 expidió el Decreto Reglamentario 2150 donde se establecen los pasos que deben seguir dichas entidades para calificar, actualizar y permanecer en este régimen.