Uno de los aspectos que comprende la documentación comprobatoria es el Informe País por País, este debe ser presentado por los contribuyentes que cumplan con las condiciones del numeral 2 del artículo 260-5 del ET. Su incumplimiento expone al contribuyente a las sanciones del artículo 651 del ET.
Según los cambios introducidos por la reforma tributaria, se establece que las bases fiscales de renta se obtendrán a partir de las cifras contables obtenidas mediante la aplicación de los nuevos marcos técnicos, pero después de efectuar las depuraciones mencionadas de forma expresa en la norma.