El Ministerio de Salud y Protección Social reglamenta la evaluación, seguimiento y control de las actividades de importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución y el uso de semillas del cannabis y sus derivados, para fines médicos y científicos, así como los productos que los contengan en el marco de la Ley 1787 de 2016.
En la presente norma también se especifica todo lo relacionado con las licencias para la realización de actividades relacionadas con el manejo de las semillas para siembra, el cultivo de plantas de cannabis y la transformación del cannabis para la producción de derivados psicoactivos y no psicoactivos, con fines médicos y científicos.