La SIC realizó un estudio sobre las medidas de seguridad que han implementado 32,763 empresas y entidades públicas para recolectar, almacenar, usar, circular o tratar datos personales.
Todo acreedor bancario tiene derecho a poseer información de relevancia crediticia sobre su cliente, y está legitimado para usar dicha información bajo las condiciones que su posición contractual le impone en el marco de los derechos y obligaciones inherentes al crédito, por su esencia y naturaleza.
Con la Ley 1581 del 2012, por medio de la cual se dictan las disposiciones generales para la protección de datos personales, se busca garantizar a toda persona el ejercicio de su derecho constitucional a conocer, actualizar y rectificar toda información que repose sobre ella en las bases de datos o archivos de las entidades públicas o privadas.
Ahora bien, los datos personales se caracterizan por estar referidos a aspectos exclusivos y propios de una persona natural, con los cuales se le puede identificar. Dichos datos son únicamente de propiedad del titular, sin importar que estén siendo objeto de tratamiento.