Si el software utilizado por la entidad incluye todos los criterios de reconocimiento, medición y presentación exigidos en la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos de información financiera, puede hacerse uso de él para poder presentar los estados financieros de la entidad.
Los intereses de mora cobrados a los copropietarios que paguen las cuotas de administración fuera de las fechas establecidas deberán ser reconocidos si cumplen con los criterios de reconocimiento y medición establecidos en los marcos técnicos vigentes. Ahora bien, en caso de no cumplir dichos criterios podrá ser informado en las notas a los estados financieros.