Respuesta de Juan David Maya la pregunta:
¿Qué aspectos contables deben ser considerados para llevar la contabilización correcta de la
adquisición de un crédito con una entidad financiera, tanto para una entidad del grupo 1 como
para una del grupo 2?
Si una entidad incurre en costos significativos relacionados con el desembolso de un crédito a su favor, es posible que estos tengan un impacto en la medición del pasivo, por la utilización del modelo del costo amortizado con tasa de interés efectiva. A continuación presentamos un caso práctico.
Con el advenimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera se busca que los contadores se acerquen aún más al rol de asesor financiero. Aprovechando esto, en este editorial mencionamos cuál es la diferencia entre la tasa efectiva y la tasa de interés nominal para efectos contables.
Los costos por préstamos deben tratarse como gasto en el estado de resultados, utilizando el modelo del interés efectivo. Esto implica que la entidad debe calcular las tasas efectivas de sus costos por préstamos y, cuando estos sean relevantes, deben amortizarse a lo largo de la vida del crédito.
Los pasivos financieros deben medirse al costo amortizado, siempre que sus flujos de efectivo correspondan a pago de capital e intereses. Si la entidad ha incurrido en gastos adicionales en relación con la obtención del crédito, estos gastos deben amortizarse utilizando el modelo del interés efectivo.
El Estándar para Pymes establece que los instrumentos financieros deben medirse, en su reconocimiento inicial, al valor presente de los flujos de efectivos futuros, esto implica en muchos casos el reconocimiento de intereses implícitos. En este editorial mencionamos casos prácticos al respecto.
El costo amortizado es el modelo requerido por las Normas Internacionales de Información Financiera para la medición de los instrumentos financieros. Este modelo consiste básicamente en tomar el valor inicial del instrumento, aumentarle los intereses y disminuirle los pagos.
Cuando una entidad participa en otra, una inversión se puede clasificar en cuatro categorías, según el poder que adquiera sobre la entidad participada. En cada una de estas pueden aplicarse diferentes modelos de medición. Uno de ellos es el modelo del valor razonable con efecto en resultados.
El CTCP se pronuncia frente al ajuste del costo amortizado respecto a las ganancias acumuladas, y resalta que efectuar ajustes contra la cuenta de ganancias y/o pérdidas acumuladas afecta el indicador de rendimiento de la entidad, porque las pérdidas por deterioro se originan desde el estado de resultados.
Para determinar el tratamiento tributario de los instrumentos financieros medidos a valor razonable con cambios en resultados, es necesario identificar si corresponden a títulos de renta fija o variable, instrumentos derivados financieros u otros. Esto es una novedad producto de la reforma tributaria.
La Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 adicionó el artículo 33-1 al Estatuto Tributario con el propósito de establecer el tratamiento tributario de los instrumentos financieros medidos a costo amortizado, siendo necesario remitirse a otras disposiciones normativas contenidas en el mismo estatuto.
Cuando hablamos de contabilización de transacciones con financiación es necesario hacer referencia a la sección 11 del Estándar para Pymes, la cual establece que una entidad debe medir sus instrumentos financieros clasificados como de deuda (cuentas por cobrar o inversiones en CDT o bonos) utilizando la metodología del costo amortizado y el método del interés efectivo.